lunes, 28 de diciembre de 2009

ORGANISMOS DE DIRECCION











1. EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN



•Es el organismo encargado de ejecutar las decisiones y políticas de la Asamblea.

•Es elegido por la Asamblea para desempeñar funciones durante un (1) año.

•Lo conforman un número de socios no inferior a 3 ni superior a 9, con sus respectivos suplentes.

•Se acostumbra que el número de sus integrantes sea siempre impar.

•En su primera reunión, el Consejo debe elegir entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario.



2. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

•Elaborar planes y proyectos para el desarrollo de las actividades económicas y sociales de la Cooperativa.

•Elaborar el presupuesto de ingresos y gastos del ejercicio económico para el cual ha sido elegido.

•Reglamentar de acuerdo con los Estatutos:

-Las sesiones del Consejo.
-Los servicios de la Cooperativa.
-Las ventas a crédito.
-La inversión de fondos.


•Las medidas de seguridad para los trabajadores socios o no socios.

•La inversión de fondos.

•La transferencia de certificados de aportación si no lo establecen los Estatutos.

•La fiscalización económica por parte de los socios.

•Nombrar a:

-Gerente
-Secretario
-Tesorero
-Contador
-Empleados de la Cooperativa.

•Determina el sueldo del Gerente y demás empleados.

•Convoca Asamblea General, ordinaria o extraordinaria.

•Dicta las resoluciones y acuerdos de la Cooperativa.

•Decide sobre el retiro y admisión de socios.

•Determina la cuantía de la fianza que deben presentar el Gerente y el Tesorero.

•Supervisa el desempeño del personal y equipo de la Cooperativa.

•Designa cuando lo establezcan los Estatutos, el Comité de Educación y otros Comités Especiales.


•El Consejo de Administración debe elaborar y presentar ante la Asamblea General un informe anual sobre el desarrollo de sus funciones y de las actividades cumplidas en la Cooperativa.

•El Consejo toma decisiones al igual que todos los organismos de la Cooperativa, en forma democrática.

•La presencia de la totalidad o mayoría de los miembros del Consejo, constituye quórum para deliberar y tomar decisiones válidas.

•Las decisiones se toman con el voto favorable de la mayoría de los miembros del Consejo asistentes.

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