lunes, 28 de diciembre de 2009

PRINCIPIOS COOPERATIVOS

La Alianza Cooperativa Internacional – ACI en su Congreso efectuado en Manchester, en Septiembre de 1995, adopto una serie de principios orientados a guiar las organizaciones cooperativas en su comportamiento y la toma de decisiones.


PRIMER PRINCIPIO: ASOCIACION VOLUNTARIA Y ABIERTA

Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y deseosas de aceptar las responsabilidades de su membresía, sin discriminación de género, clase social, política, racial o religiosa.



SEGUNDO PRINCIPIO: GESTION DEMOCRATICA DE LOS MIEMBROS

Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros, quienes participan activamente en la decisión de sus políticas y en la toma de decisiones. Hombres y mujeres elegidos como representantes de sus miembros, son responsables ante ellos. En principio. Los miembros cooperados tienen iguales derechos de voto (un miembro, un voto); las cooperativas de otros niveles también so organizadas de manera democrática.



TERCER PRINCIPIO: PARTICIPACION ECONOMICA DE LOS MIEMBROS

Los miembros contribuyen de manera equitativa al capital de su cooperativa y lo gestionan democráticamente. Por lo menos una parte del capital es usualmente propiedad común de la cooperativa. Los miembros por lo general reciben compensación limitada, si la hay, sobre el capital entregado como condición de membresía. Los miembros deben localizar los excedentes en cualquiera de los propósitos siguientes: desarrollo de su cooperativa, posibilidad para mantener reservas parte de la cuales por lo menos debe ser indivisible; beneficiar a sus miembros proporcionalmente a sus transacciones con la cooperativa; y mantener otras actividades aprobadas por sus miembros.



CUARTO PRINCIPIO: AUTONOMIA E INDEPENDENCIA

Las cooperativas son autónomas, organizaciones de autoayuda controladas por sus miembros. Sí ellas llegan a tener acuerdos con otras organizaciones, incluyendo gobiernos, o aumentos de capital por recursos externos, deben hacerlo dentro de términos que aseguren control democrático por parte de sus miembros y manteniendo su autonomía cooperativa.



QUINTO PRINCIPIO: EDUCACION, CAPACITACION E INFORMACION

Las cooperativas proveen educación y capacitación a sus miembros, representantes elegidos, gerente y empleados, de tal forma que ellos pueden contribuir efectivamente al desarrollo de sus cooperativas. E informan al público en general, particularmente a la gente joven y a los líderes de opinión sobre la naturaleza y los beneficios de la cooperación.



SEXTO PRINCIPIO: COOPERACION ENTRE COOPERATIVAS

Las cooperativas sirven más efectivamente a sus miembros y estrechan más el movimiento cooperativo trabajando unidas a través de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.



SEPTIMO PRINCIPIO: INTERES POR LA COMUNIDAD

Las cooperativas trabajan por un desarrollo sostenible de sus comunidades a través de políticas aprobadas por sus miembros.

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